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¿TENÉS VIH? CONOCÉ TUS DERECHOS

Te compartimos este documento en el que podés encontrar los 50 puntos clave para entender la Ley de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, ITS y Tuberculosis.

 

Además, acá te dejamos un listado de consultas que nuestro equipo de Defensoría y Asesoría en Derechos recibe con regularidad para que veas si lo que te pasa se encuadra en una de estas situaciones.

¿Qué debo hacer si la Obra Social está incumpliendo con la entrega de medicación o con alguna prestación?

Todas las obras sociales y las empresas de medicina prepaga están obligadas a brindar asistencia integral -la cobertura de los tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos necesarios-, universal, gratuita, a las personas expuestas y/o afectadas por el VIH, las hepatitis virales, otras ITS y la TBC, así como también las distintas herramientas e innovaciones de la estrategia de la prevención combinada. (Art. 3, Ley 27.675). En caso de incumplimiento, es necesario realizar la denuncia:

Si es la obra social de la provincia: ante la Defensoría del Pueblo

Si es una obra social del listado de Agentes de Salud: ante la Superintendencia de Servicios de Salud.

Una vez hecha la denuncia, deberás comunicarte con el programa provincial de tu jurisdicción para que te acompañen en la solución.

¿Me pueden pedir el test de VIH para ingresar a un trabajo?

Tanto la oferta como la realización de pruebas de VIH y otras ITS en los exámenes preocupacionales está prohibida por el art. 8 de la Ley 27.675. ¿Y si me hacen firmar el consentimiento? También está prohibida. Ya que una relación pre-laboral implica una relación de poder que altera el principio de autonomía con el que se otorga el consentimiento. Por lo tanto, se dice que el consentimiento está viciado y carece de validez. En resumen: no, no me pueden pedir el test de VIH ni para ingresar, ni para permanecer en un trabajo. La transgresión por parte de empleadores debe ser denunciada. Se pueden recibir denuncias en las Defensorías del Pueblo, la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Capital Humano, el Ministerio de Salud o el Instituto contra la Discriminación de la Ciudad de Buenos Aires. Conocé y hacé valer tus derechos.

¿Qué implica el derecho a la confidencialidad en la salud?

El derecho a la confidencialidad implica el cuidado y la protección de toda información  sanitaria por parte de quienes manejan esos datos. Nadie puede obligarnos a comunicar información sobre nuestra salud, ya que son datos sensibles en los términos de la Ley de Protección de Datos Personales. Además, el art. 6 de la Ley de Respuesta al VIH, Hepatitis, ITS y Tuberculosis le da una protección especial. La vulneración del derecho a la confidencialidad, ya sea por cualquier efector de salud, instituciones estatales o particulares, puede ser denunciada aten el Ministerio de Salud, las Defensorías del Pueblo o el Instituto contra la Discriminación de la Ciudad de Buenos Aires. Conocé y hacé valer tus derechos.

¿Qué puedo hacer si sufro un acto de discriminación?

Ante una situación de segregación, exclusión o violencia en razón de tu salud, tu orientación sexual, género o cualquier característica de tu identidad es fundamental denunciarlo. Existen distintos organismos locales, como el Instituto contra la Discriminación de la Ciudad de Buenos Aires, o las Defensorías del Pueblo, e incluso organizaciones de la sociedad civil capacitados para brindar contención y asesoramiento. Conocé y hacé valer tus derechos.

¿Qué tengo que hacer si en el sistema público me dicen que figuro con cobertura pero no tengo obra social?

En caso de figurar en el sistema público como activos en una obra social, y esa afiliación no estar vigente, se deberá tramitar una constancia de baja en la entidad y acercarla al servicio de salud público para poder retirar el tratamiento por parte del sistema de salud público sin inconvenientes.

En caso de mudanza de ciudad/provincia/hospital ¿qué debo hacer para continuar con mi tratamiento?

Si tenés planeado mudarte, es importante que comuniques esa decisión al profesional tratante y le solicites un resumen de historia clínica para agilizar el alta en el nuevo lugar de residencia. Es necesario que, con tiempo, busques un nuevo servicio de salud en el lugar de destino para continuar el tratamiento y el seguimiento.

¿Qué debo hacer si el hospital público no me entrega el tratamiento a tiempo?

Si tenés problemas con el acceso en el servicio público de salud, contactate con el programa provincial local, o con la Dirección de Respuesta al VIH, Hepatitis, ITS y TBC del Ministerio de Salud de Nación derechoshumanos.its@msal.gov.ar

¿A partir de qué edad me puedo realizar un test de VIH?

A partir de los 13 años de edad podés acceder al VIH sin la necesidad de la presencia de una persona adulta. Si se presenta alguna dificultad de acceso a la prueba o te exigen ir acompañade, podés denunciarlo ante el Ministerio de Salud de la Nación, o la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes. Conocé y hacé valer tus derechos.

¿En qué consiste la Pensión No Contributiva de la Ley 27.675?

Es una prestación destinada a personas viviendo con VIH y/o hepatitis B y/o C y se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica. Para pedirla, tenés que tener 18 años o más, vivir en Argentina y, si sos naturalizado o extranjero, haber estado en el país al menos 5 años seguidos. También necesitás que tu diagnóstico esté registrado en el sistema de salud y pasar una evaluación socioeconómica. Tus ingresos no pueden ser mayores a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), y si vivís con alguien, entre los dos no pueden superar tres SMVM. Podés cobrar si trabajás o recibís un plan social, pero no si ya tenés otra jubilación o pensión. Si salís del país por más de 90 días, el pago se suspende. Conocé y hacé valer tus derechos.

¿Puedo acceder a una jubilación especial si tengo VIH o Hepatitis B o C?

Sí, la ley 27.675 establece una jubilación especial para aquellas personas que tengan más de 50 años de edad, más 10 años desde su diagnóstico acreditado a través del Ministerio de Salud de la Nación y 20 años de aportes al sistema previsional argentino. La misma se tramita ante la ANSES y puede ser iniciada online

Tengo que viajar, ¿cómo hago con mi medicación para el VIH?

Si vas a viajar al exterior con tu medicación para el VIH, es importante que tomes algunas precauciones. Se recomienda llevar prescripción médica de los medicamentos que lleves. Además que los lleves en su envase original con etiquetas visibles. Guardá la medicación en tu equipaje de mano para evitar pérdida o exposición a temperaturas extremas en la bodega del avión. Si usas pastilleros, también lleva el envase original por si las autoridades de aduanas te lo solicitan.

Además es importante que revises las normativas del país de destino. Algunos países tienen restricciones sobre el ingreso de ciertos medicamentos. Consulta en la embajada o en fuentes oficiales si hay requisitos específicos. Verifica si el país tiene restricciones para personas con VIH (aunque son pocas, algunos aún tienen regulaciones discriminatorias), o si tu viaje es largo, averiguá si podés acceder a tus medicamentos en el país de destino. 

Tengo un nuevo trabajo y quieren contratar una prepaga para la cobertura de salud…

En Argentina, las prepagas y obras sociales no pueden rechazar tu afiliación ni cobrarte adicionales por tener VIH, ya que la Ley 27.675 prohíbe la discriminación en razón de tu salud. Sin embargo, sabemos que muchas empresas intentan cobrar un “arancel superador” por pre-existencia. Según el art. 6 de la ley, nadie puede obligarte a declarar tu estado de salud y tu información sanitaria te pertenece, por lo que es ilegal que personal de la empresa indague por tu información sanitaria. Podés denunciar ante la Superintendencia de Servicios de Salud. 

El programa de Defensoría y Asesoría en derechos es apoyado por